BALOTARIO B2C PREGUNTA N°221 de 244

La licencia de conducir Clase B categoría II A, autoriza conducir vehículos de la categoría:

Alternativas de respuesta

a)
L1
b)
L2
c)
L5
d)
Sólo a) y b)
Respuesta correcta: d Sólo a) y b)

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué la respuesta correcta es la d) Sólo a) y b).

De acuerdo con el Reglaje de la Licencias de Conducir de Vehículos en el Transporte Terrestre (D.S. 040-2008-MTC y sus modificatorias), la clasificación de los vehículos menores y la correspondencia con las licencias se establece de la siguiente manera:

  • Categoría L1: Vehículos (motos y ciclomotores) de hasta 50 cc y velocidad máxima de 50 km/h.
  • Categoría L2: Vehículos (motos y ciclomotores) de más de 50 cc o velocidad superior a 50 km/h, pero con un máximo de 3 ruedas.
  • Categoría L5: Vehículos de 3 ruedas diseñados para el transporte de pasajeros o mercancías (conocidos comúnmente como mototaxis). Estos requieren una licencia específica (Clase B categoría II-C).

Por lo tanto, la licencia Clase B categoría II-A autoriza específicamente a conducir vehículos de las categorías L1 y L2. Al cubrir ambas categorías, la opción d) Sólo a) y b) es la única respuesta completa y jurídicamente correcta según el Reglamento Nacional de Tránsito y el sistema de licencias del MTC.