Las licencias de conducir de Clase B tienen una vigencia de ...
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte el fundamento de esta respuesta de manera directa y precisa.
La opción b) 5 años es la correcta porque así lo estipula el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos y Transportes Terrestres (D.S. 007-2016-MTC y sus modificatorias).
Justificación técnica:
Las licencias de conducir de Clase B (que autorizan a conducir vehículos menores como mototaxis y motocicletas de las categorías B-I, B-IIa, B-IIb y B-IIc) tienen un período de vigencia establecido administrativamente de cinco (5) años. Una vez cumplido este plazo, el conductor debe tramitar su revalidación para seguir circulando legalmente, lo que garantiza una revisión periódica de sus condiciones físicas y mentales para la conducción.
Por lo tanto, cualquier otra alternativa en cuanto a la duración temporal para esta clase de licencia carece de validez legal según la normativa vigente del MTC.