BALOTARIO B2C PREGUNTA N°171 de 244

Como consecuencia del diagnóstico efectuado en la evaluación médica y psicológica, se pueden consignar restricciones en la licencia de conducir como las siguientes:

Alternativas de respuesta

a)
Con lentes correctores externos o de contacto
b)
Vehículos automotores especialmente acondicionados
c)
Todas las anteriores
d)
Ninguna de las anteriores
Respuesta correcta: c Todas las anteriores

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la respuesta correcta es la c) Todas las anteriores.

Justificación técnica y legal:

De acuerdo con el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir (Decreto Supremo N.º 007-2016-MTC y sus modificatorias), los centros de salud autorizados realizan evaluaciones médicas y psicológicas rigurosas para determinar si el postulante o conductor es apto para manejar.

Si durante dicha evaluación se detectan condiciones físicas o visuales que requieren asistencia, el médico tratante está en la obligación de consignar restricciones en el sistema y en la licencia de conducir.

Por lo tanto:

  • Usar lentes correctores (opción a): Es una restricción muy común (código respectivo en la licencia) para quienes presentan problemas de agudeza visual (miopía, astigmatismo, etc.).
  • Vehículos especialmente acondicionados (opción b): Aplica para conductores con limitaciones físicas motoras que requieren adaptaciones en el automóvil (por ejemplo, comandos manuales para acelerar o frenar) para garantizar una conducción segura.

Al ser ambas medidas posibles y contempladas por la normativa peruana para salvaguardar la seguridad vial, la opción correcta que abarca ambas es "Todas las anteriores".