El vehículo que presta el servicio de transporte de ámbito nacional o regional debe contar con el siguiente Seguro:
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de manera directa por qué la opción a) es la única correcta.
Respuesta Correcta:
a) Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito-SOAT.
Justificación técnica y legal (Normativa Peruana):
Ámbito Nacional y Regional: Según el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT) —aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC—, todo vehículo destinado al servicio de transporte público de personas de ámbito nacional, regional (interprovincial) y provincial debe contar obligatoriamente con el SOAT.
Diferencia clave con el CAT: El Certificado Contra Accidentes de Tránsito (CAT) es un documento emitido exclusivamente por las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT). Sin embargo, por disposición legal, los CAT solo tienen validez para el servicio de transporte público urbano e interurbano dentro de una misma provincia, estando terminantemente prohibido su uso para vehículos que realizan servicios de transporte en los ámbitos nacional o regional (interprovincial).
Conclusión pedagógica:
Para el transporte de ámbito nacional o regional, la única póliza aceptada por el MTC es el SOAT tradicional (emitido por empresas de seguros supervisadas por la SBS). Por lo tanto, la opción a es la única válida bajo el marco legal vigente.