BALOTARIO A3C
PREGUNTA N°259 de 339
¿Es obligatorio el Sistema de Freno Auxiliar para los vehículos de categoría M2 y M3?
Alternativas de respuesta
a)
Si
b)
No, es opcional para ambos
c)
Para los vehículos de categoría M2 es opcional y para los de categoría M3 es obligatorio
d)
No se aplica para esas categorías
Respuesta correcta:
c
Para los vehículos de categoría M2 es opcional y para los de categoría M3 es obligatorio
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la opción c) es la correcta.
Justificación técnica y legal (Normativa Peruana):
La respuesta se sustenta en el Reglamento Nacional de Vehículos (RNV), aprobado por el Decreto Supremo N° 058-2003-MTC, el cual establece las condiciones técnicas que deben cumplir los vehículos para circular por las vías públicas terrestres.
Específicamente, en lo referente a los dispositivos de frenado, la normativa diferencia las obligaciones según la categoría del vehículo destinada al transporte de pasajeros:
- Vehículos de categoría M2: (Vehículos diseñados para el transporte de pasajeros con más de 8 asientos, además del conductor, y peso bruto vehicular de hasta 5 toneladas). Para esta categoría, el uso del Sistema de Freno Auxiliar (o freno de retardo) es opcional.
- Vehículos de categoría M3: (Vehículos diseñados para el transporte de pasajeros con más de 8 asientos, además del conductor, y peso bruto vehicular de más de 5 toneladas, es decir, los ómnibus interprovinciales y urbanos grandes). Debido a su gran tamaño, peso y las exigencias de las rutas (especialmente en descenso por zonas altoandinas), la norma exige que sea obligatorio contar con un sistema de freno auxiliar independiente del freno de servicio, para garantizar la seguridad vial y evitar fatigas o fallas en el sistema principal de frenos.
Por lo tanto, la norma técnica del MTC establece claramente esta distinción basada en el peso y la capacidad de los vehículos de transporte de pasajeros.