BALOTARIO A3B PREGUNTA N°256 de 271

Según el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, se considera reincidencia a aquel conductor que es sancionado por la misma infracción ________ que amerite una sanción pecuniaria, por la que fue sancionado dentro de los doce (12) meses anteriores.

Alternativas de respuesta

a)
Muy grave.
b)
Grave
c)
Muy grave o grave.
d)
Muy grave, grave o leve
Respuesta correcta: c Muy grave o grave.

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa y clara por qué la opción c) Muy grave o grave es la correcta.

Justificación técnica y legal:

De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT) —norma que regula el servicio de transporte terrestre en el Perú—, la figura de la reincidencia se configura cuando un conductor comete exactamente la misma infracción dentro de un periodo determinado (en este caso, 12 meses).

Sin embargo, para efectos de acumulación y agravamiento de sanciones por reincidencia en el ámbito del transporte, el reglamento focaliza las faltas en aquellos niveles que representan un riesgo real para la seguridad vial y el orden del servicio: las infracciones calificadas como Graves y Muy Graves.

Por lo tanto, la norma establece que habrá reincidencia cuando el conductor sea sancionado por la misma infracción de tipo muy grave o grave dentro del plazo de los doce (12) meses anteriores, descartando a las infracciones leves para este supuesto específico de agravación.

Es por ello que la opción c es la única jurídicamente exacta según el marco normativo del MTC. ¡Muchos éxitos en tu preparación!