BALOTARIO A3A PREGUNTA N°268 de 272

De las entidades que se indican a continuación, ¿cuál de ellas no es una autoridad competente en materia de transporte y tránsito terrestre?

Alternativas de respuesta

a)
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
b)
Las municipalidades provinciales y distritales.
c)
El Consejo Nacional de Seguridad Vial.
d)
La Policía Nacional del Perú.
Respuesta correcta: c El Consejo Nacional de Seguridad Vial.

Explicación de la Respuesta

¡Hola, futuro conductor! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa y clara por qué la opción c) El Consejo Nacional de Seguridad Vial es la respuesta correcta.

De acuerdo con el Artículo 12 de la Ley N° 27181 (Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre), se establecen taxativamente cuáles son las autoridades competentes en materia de transporte y tránsito terrestre en el Perú. Estas son:

  1. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).
  2. Los Gobiernos Regionales.
  3. Las Municipalidades Provinciales.
  4. Las Municipalidades Distritales.
  5. La Policía Nacional del Perú (PNP).
  6. El Indecopi (en el ámbito de su competencia).

¿Por qué el Consejo Nacional de Seguridad Vial no es una autoridad competente?

El Consejo Nacional de Seguridad Vial es un órgano multisectorial de carácter consultivo, coordinador y de apoyo, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Su función principal es proponer políticas y articular acciones orientadas a la prevención de accidentes de tránsito, más no tiene la calidad de autoridad con facultades normativas, fiscalizadoras, sancionadoras o operativas en materia de transporte y tránsito terrestre como sí las tienen el MTC, los municipios o la Policía Nacional.

Por esta razón, la alternativa c es la correcta. ¡A estudiar con ánimo y nos vemos en la pista!