Los vehículos automotores de la categoría L5 deberán usar alternativamente:
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la opción b es la correcta:
La respuesta correcta es la b) uno o más soportes fijados a su estructura, que permitan a los pasajeros asirse de ellos mientras son transportados.
Justificación técnica y legal (Reglamento Nacional de Vehículos - MTC):
¿Qué es un vehículo categoría L5? Según el Reglamento Nacional de Vehículos (Decreto Supremo N° 058-2003-MTC), la categoría L5 corresponde a los vehículos de tres ruedas simétricas respecto al eje longitudinal central (conocidos comúnmente en nuestro país como mototaxis o motocarros), destinados al transporte de pasajeros o carga.
¿Por qué no llevan cinturones de seguridad (Opción A)? Debido a la configuración abierta o semiabierta de la carrocería de estos vehículos y a su dinámica de desplazamiento, la normativa nacional no exige cinturones de seguridad para los pasajeros en los asientos posteriores de esta categoría específica.
La obligatoriedad de los asideros (Opción B): Dado que los pasajeros viajan en bancas o asientos laterales/posteriores sin la protección de una cabina cerrada con puertas tradicionales, el reglamento exige que estos vehículos cuenten obligatoriamente con asideros (agarraderas o soportes firmemente sujetos a la estructura). Esto cumple una función vital de seguridad activa: permite que los pasajeros se sujeten correctamente para evitar caídas o desplazamientos bruscos ante giros, frenadas o baches propios de la vía pública.
Por lo tanto, los soportes o barandas de sujeción son el dispositivo de seguridad reglamentario para los pasajeros en los vehículos L5 en el Perú.