La velocidad máxima de circulación de un vehículo menor empleado para el Servicio Especial no excederá los:
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de manera directa por qué la respuesta correcta es la a) 30 kilómetros por hora.
Justificación técnica y legal:
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Tránsito (Decreto Supremo N° 016-2009-MTC) y las disposiciones complementarias que regulan el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores (motos y mototaxis), se establecen límites de velocidad específicos para este tipo unidades debido a su diseño, estabilidad y función en la vía pública.
La opción a) 30 km/h es la correcta porque:
- Estabilidad y seguridad: Los vehículos menores (mototaxis) poseen una estructura liviana y solo tres puntos de apoyo (o dos en el caso de motocicletas), lo que los hace altamente vulnerables a volcamientos o pérdida de control a velocidades elevadas.
- Entorno urbano: Al estar destinados principalmente a rutas vecinales, zonales y de menor distancia, la norma limita su velocidad máxima a 30 km/h para proteger tanto al conductor y sus pasajeros como a los peatones y demás vehículos que comparten la vía.
Cualquier velocidad superior a este límite para un vehículo menor de servicio especial constituye una infracción a las normas de tránsito establecidas por el MTC.
¡Muchos éxitos en tu preparación para el examen de conducir! Si tienes otra duda, aquí estaré para ayudarte.