BALOTARIO B2C PREGUNTA N°228 de 244

¿Cuál es el seguro obligatorio para prestar el servicio de transporte en vehículos menores?

Alternativas de respuesta

a)
AFOCAT o SOAT
b)
Seguro Complementario de Riesgo;
c)
Póliza de Responsabilidad Civil frente a Terceros.
d)
Ninguna de las anteriores
Respuesta correcta: a AFOCAT o SOAT

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico por qué la respuesta correcta es la a) AFOCAT o SOAT.

Justificación normativa:

De acuerdo con la normativa peruana que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores (mototaxis y similares), establecida principalmente en la Ley N° 27181 (Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre) y los reglamentos emitidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y las municipalidades provinciales:

Todo vehículo motorizado destinado al servicio de transporte público debe contar obligatoriamente con un seguro que garantice la indemnización por muerte, lesiones corporales o daños materiales que puedan sufrir los pasajeros, peatones o terceros en un accidente de tránsito.

Para el caso específico de los vehículos menores, la ley permite y valida dos mecanismos legales vigentes para cumplir con esta obligación:

  1. El SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito): Póliza emitida por empresas de seguros tradicionales supervisadas por la SBS.
  2. El AFOCAT (Asociación de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito): Sistema de agremiación autorizado específicamente para brindar cobertura de accidentes de tránsito a vehículos menores dentro de su jurisdicción autorizada.

Por lo tanto, ambas opciones son válidas y legales para operar este tipo de servicio, razón por la cual la respuesta correcta es AFOCAT o SOAT.