¿Cuál es el seguro obligatorio para prestar el servicio de transporte en vehículos menores?
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico por qué la respuesta correcta es la a) AFOCAT o SOAT.
Justificación normativa:
De acuerdo con la normativa peruana que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores (mototaxis y similares), establecida principalmente en la Ley N° 27181 (Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre) y los reglamentos emitidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y las municipalidades provinciales:
Todo vehículo motorizado destinado al servicio de transporte público debe contar obligatoriamente con un seguro que garantice la indemnización por muerte, lesiones corporales o daños materiales que puedan sufrir los pasajeros, peatones o terceros en un accidente de tránsito.
Para el caso específico de los vehículos menores, la ley permite y valida dos mecanismos legales vigentes para cumplir con esta obligación:
- El SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito): Póliza emitida por empresas de seguros tradicionales supervisadas por la SBS.
- El AFOCAT (Asociación de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito): Sistema de agremiación autorizado específicamente para brindar cobertura de accidentes de tránsito a vehículos menores dentro de su jurisdicción autorizada.
Por lo tanto, ambas opciones son válidas y legales para operar este tipo de servicio, razón por la cual la respuesta correcta es AFOCAT o SOAT.