BALOTARIO B2C PREGUNTA N°208 de 244

¿Cuál definición corresponde a un vehículo de categoría L5?

Alternativas de respuesta

a)
Vehículos de tres ruedas asimétricas al eje longitudinal del vehículo, de mas de 50cm3 o una velocidad mayor de 50 km/h.
b)
Vehículos de tres ruedas, de hasta 50 cm3 y velocidad máxima de 50 km/h
c)
Vehículos de dos ruedas, de mas de 50cm3 o velocidad mayor a 50 km/h.
d)
Vehículos de tres ruedas simétricas al eje longitudinal del vehículo, de mas de 50cm3 o velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto vehicular no exceda de una tonelada
Respuesta correcta: d Vehículos de tres ruedas simétricas al eje longitudinal del vehículo, de mas de 50cm3 o velocidad mayor a 50 km/h y cuyo peso bruto vehicular no exceda de una tonelada

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la opción d es la correcta según la normativa peruana.

La clasificación vehicular en el Perú se rige por el Reglamento Nacional de Vehículos (Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC). En su Anexo I ("Clasificación Vehicular"), se establecen las categorías de los vehículos automotores.

Específicamente, la Categoría L comprende a los vehículos automotores con menos de cuatro ruedas, y estos se subdividen según su cilindrada, velocidad y disposición de las ruedas. Para el caso de la categoría L5, la norma define exactamente lo siguiente:

  • Son vehículos de tres ruedas (mototaxis tradicionales o motocarros de carga).
  • Deben ser simétricas al eje longitudinal del vehículo (es decir, la rueda posterior está alineada al centro o las dos ruedas traseras guardan simetría respecto al eje central).
  • Su motor debe tener una cilindrada de más de 50 cm³ o alcanzar una velocidad mayor a 50 km/h.
  • Tienen un límite de peso: su peso bruto vehicular no debe exceder de 1 tonelada (1,000 kg).

¿Por qué las demás son incorrectas?

  • La opción a describe erróneamente ruedas "asimétricas" (las cuales corresponderían a motocicletas con sidecar, categoría L4).
  • La opción b hace referencia a vehículos de menor cilindrada y velocidad (categoría L1 o L2).
  • La opción c define a una motocicleta convencional de dos ruedas (categoría L3).

Por lo tanto, la definición técnica y reglamentaria exacta establecida por el MTC para la categoría L5 corresponde plenamente a la alternativa d.