¿Es requisito que se investigue previamente el accidente para que se brinde la cobertura del SOAT o CAT?
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa y clara por qué la respuesta correcta es la a) No.
Justificación normativa (Perú):
De acuerdo con el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27181 (Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre) y el Reglamento Nacional de Responsabilidad Civil y Soat (D.S. N° 024-2002-MTC y sus modificatorias), el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y el Certificado de Accidentes de Tránsito (CAT) tienen un carácter social, inmediato y de aplicación incondicional.
Esto significa que:
- Atención prioritaria: Las compañías de seguros o entidades emisoras del CAT están obligadas a realizar el pago de las indemnizaciones y gastos médicos (por muerte, invalidez permanente, incapacidad temporal, gastos médicos y de sepelio) sin que sea necesario que concluya una investigación policial o judicial previa, ni que se determine la responsabilidad del conductor en el accidente.
- Principio de solidaridad: La norma busca proteger la vida y la salud de las víctimas de accidentes de tránsito de manera oportuna. Condicionar la atención a una investigación previa iría en contra de la naturaleza urgente de este seguro.
Por lo tanto, no se requiere ninguna investigación previa para activar la cobertura; basta con demostrar que ocurrió el accidente de tránsito y que existen personas afectadas.