BALOTARIO B2C PREGUNTA N°114 de 244

El límite mínimo de velocidad en zona urbana y carreteras es de:

Alternativas de respuesta

a)
30km/h
b)
La mitad del máximo fijado para cada tipo de vía
c)
20 km/h
d)
15 km/h
Respuesta correcta: b La mitad del máximo fijado para cada tipo de vía

Explicación de la Respuesta

¡Hola, futuro conductor! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la opción b es la correcta según la normativa peruana.

Análisis y Justificación:

La respuesta correcta es b) La mitad del máximo fijado para cada tipo de vía.

¿Por qué lo establece así el Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. 016-2009-MTC)?

El Artículo 174 del reglamento regula los límites mínimos de velocidad. La norma establece claramente que nunca se debe conducir a una velocidad tan baja que entorpezca el normal flujo vehicular, salvo que las condiciones del clima, del tráfico o de la vía exijan una precaución mayor.

Por regla general, el límite mínimo de velocidad es la mitad del límite máximo permitido para cada tipo de vía (por ejemplo, si en una avenida el máximo es 60 km/h, el mínimo permitido por norma es 30 km/h).

Circular por debajo de este límite mínimo sin justificación constituye una infracción de tránsito (tipificada como la falta G.20), ya que los vehículos lentos generan congestión, desesperación en otros conductores y aumentan considerablemente el riesgo de accidentes por alcance.

¡A estudiar con fuerza y a respetar las normas viales! ¿Tienes alguna otra duda para tu examen?