BALOTARIO B2B PREGUNTA N°92 de 204

Es parte de una carretera o camino contigua a la calzada no habilitada para la circulación de vehículo.

Alternativas de respuesta

a)
Berma
b)
Calzada
c)
Acera
d)
Cuneta
Respuesta correcta: a Berma

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC (Perú), te explico por qué la respuesta correcta es la a) Berma.

Justificación técnica y legal:

Según el Anexo I (Glosario de Términos) del Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. 016-2009-MTC) y el Manual de Diseño Geométrico de Carreteras (DG-2018), la berma se define exactamente como:

"Parte de la carretera o camino contigua a la calzada, no habilitada para la circulación de vehículos, destinada al estacionamiento de vehículos en emergencia y al tránsito de peatones".

¿Por qué las demás opciones son incorrectas?

  • Calzada: Es la parte de la vía destinada a la circulación de vehículos (lo opuesto a la definición de la pregunta).
  • Acera: Es la parte de la vía urbana (calle, jirón, avenida) destinada al tránsito de peatones, no de una carretera.
  • Cuneta: Es la zanja lateral a lo largo de la carretera destinada a facilitar el drenaje pluvial (el escurrimiento del agua de lluvia), no para la circulación ni uso vehicular general.

Por lo tanto, la definición reglamentaria exacta corresponde a la berma.