BALOTARIO B2B PREGUNTA N°38 de 204

Según el Código de Tránsito, los conductores de vehículos, deben dar preferencia de paso a:

Alternativas de respuesta

a)
Los vehículos de emergencia y vehículos oficiales cuando éstos emitan las señales audibles
b)
A los usuarios que circulan por la vía preferencial
c)
El reglamento no regula la preferencia de paso
d)
Sola la c es incorrecta
Respuesta correcta: d Sola la c es incorrecta

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué la respuesta correcta es la d) Sola la c es incorrecta.

Análisis de la respuesta:

La opción correcta es la d porque descarta la afirmación c ("El reglamento no regula la preferencia de paso"), la cual es totalmente falsa según nuestra normativa vial.

El Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. 016-2009-MTC) sí regula de manera muy detallada la preferencia de paso. Por lo tanto:

  1. La opción "a" es correcta: El artículo 66 del Reglamento de Tránsito establece claramente que los conductores deben ceder el paso a los vehículos de emergencia (ambulancias, bomberos, policía) y oficiales cuando estos anuncien su presencia mediante señales audibles y visibles.
  2. La opción "b" es correcta: Las normas generales de circulación en intersecciones y rotondas otorgan siempre la preferencia a los usuarios que ya circulan por una vía preferencial (Artículos 56 y siguientes del reglamento).
  3. La opción "c" es falsa: Al ser falsas las afirmaciones de que el reglamento no regula este aspecto, la premisa "Sólo la c es incorrecta" se convierte en la opción lógica a marcar, ya que tanto la "a" como la "b" son verdaderas y están respaldadas por la ley peruana.

En resumen: El Reglamento Nacional de Tránsito regula estrictamente las prioridades de paso para garantizar la seguridad vial y dar fluidez a situaciones críticas como el paso de vehículos de emergencia. Por eso, decir que el reglamento no lo regula (opción c) es un error, haciendo que la opción d sea la acertada.