BALOTARIO B2B PREGUNTA N°144 de 204

¿Ante quién denuncio la falta de pago de coberturas por parte de la compañía de seguros?

Alternativas de respuesta

a)
Ante el MTC
b)
Ante la SBS
c)
Ante el INDECOPI
d)
b y c son correctas
Respuesta correcta: c Ante el INDECOPI

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito y transporte del Perú, te explico por qué la respuesta correcta es la c) Ante el INDECOPI (Nota aclaratoria: aunque a veces existe confusión con la SBS en temas financieros, el marco legal peruano de protección al consumidor y de seguros define competencias claras).

Justificación técnica y legal:

Naturaleza del SOAT / CAT y la relación de consumo: El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) o los Certificados contra Accidentes de Tránsito (CAT) generan un contrato de seguro. Cuando una compañía de seguros o una asociación se niega a pagar las coberturas médicas, indemnizaciones por muerte o invalidez derivadas de un accidente de tránsito, está incurriendo en un incumplimiento contractual y en una afectación directa a los derechos del consumidor o usuario de servicios.

Competencia de INDECOPI: De acuerdo con el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N° 29571), el INDECOPI (Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual) es el organismo competente para conocer, investigar y sancionar los reclamos y denuncias contra las empresas proveedoras de servicios (incluidas las aseguradoras) por deficiencias en la atención, negativa injustificada de cobertura o demoras en el pago de las indemnizaciones que por ley corresponden tras un siniestro vial.

¿Por qué no las otras opciones?

  • El MTC (Ministerio de Transportes y Comunicaciones): Es el ente rector en materia de transporte y tránsito terrestre, encargado de emitir normas de circulación, fiscalizar las vías y otorgar autorizaciones, pero no es un organismo resolutivo de conflictos entre asegurados y empresas de seguros por falta de pagos o indemnizaciones.
  • La SBS (Superintendencia de Banca, Seguros y AFP): Aunque supervisa la solvencia financiera y el funcionamiento administrativo de las aseguradoras, los reclamos particulares por indemnizaciones o negativa de cobertura del SOAT se canalizan a través de los mecanismos de protección al consumidor cuya vía administrativa resolutiva en el Perú corresponde a los órganos del INDECOPI (y a la Defensoría del Asegurado como vía previa, según corresponda).

Por lo tanto, ante la negativa de pago de una cobertura de seguros, la vía directa de denuncia por infracción a los derechos del consumidor es INDECOPI.