BALOTARIO A3C PREGUNTA N°329 de 339

En el servicio de transporte de personas de ámbito provincial, el ascenso y descenso de los usuarios se podrá realizar en:

Alternativas de respuesta

a)
Los lugares autorizados o paraderos de ruta.
b)
En los paraderos urbanos e interurbanos.
c)
En cualquier punto de la vía, siempre que se tome la debida precaución.
d)
Todas las anteriores.
Respuesta correcta: b En los paraderos urbanos e interurbanos.

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la opción b es la correcta según la normativa peruana.

Respuesta Correcta: b) En los paraderos urbanos e interurbanos.

Justificación Técnica y Legal (MTC - Perú):

El Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT), aprobado mediante el D.S. 017-2009-MTC, regula las condiciones bajo las cuales se debe prestar el servicio de transporte público de personas, incluyendo el ámbito provincial.

La norma establece estrictamente que el transporte público no es un servicio de puerta a puerta ni puede realizarse de manera improvisada en cualquier lugar. Por seguridad vial y ordenamiento del tránsito:

  1. Uso exclusivo de paraderos: El ascenso y descenso de pasajeros únicamente debe efectuarse en la infraestructura complementaria de transporte autorizada para tal fin, es decir, paraderos urbanos e interurbanos debidamente señalizados.
  2. Descarte de otras opciones:
    • La opción a es incorrecta porque hace referencia a "lugares autorizados" de forma genérica, pero la tipología exacta de la infraestructura para el ámbito provincial y urbano/interurbano está definida específicamente como paraderos autorizados.
    • La opción c es totalmente falsa e infracciona gravemente el reglamento, ya que detenerse en "cualquier punto de la vía" genera congestión vehicular, caos y un alto riesgo de atropellos y accidentes de tránsito.
    • Por ende, la opción d queda descartada automáticamente.

En conclusión: Por seguridad, fluidez vehicular y cumplimiento del RNAT del MTC, los pasajeros solo deben subir y bajar de las unidades en los paraderos urbanos e interurbanos autorizados.