BALOTARIO A3C PREGUNTA N°323 de 339

La duración acumulada de jornadas de conducción no deberá exceder:

Alternativas de respuesta

a)
De doce (12) horas en un periodo de veinticuatro (24) horas, contadas desde el inicio de la conducción en un servicio.
b)
De ocho (8) horas en un periodo de veinticuatro (24) horas, contadas desde el inicio de la conducción en un servicio.
c)
De diez (10) horas en un periodo de treinta y seis (36) horas, contadas desde el inicio de la conducción en un servicio.
d)
De diez (10) horas en un periodo de veinticuatro (24) horas, contadas desde el inicio de la conducción en un servicio.
Respuesta correcta: d De diez (10) horas en un periodo de veinticuatro (24) horas, contadas desde el inicio de la conducción en un servicio.

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué la opción d es la correcta según la normativa peruana.

Respuesta Correcta:

d) De diez (10) horas en un periodo de veinticuatro (24) horas, contadas desde el inicio de la conducción en un servicio.

Justificación técnica y legal (MTC - Perú):

Esta disposición se encuentra establecida en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes (RNAT) —D.S. 017-2009-MTC—, específicamente en lo referente a las normas sobre los tiempos de conducción y descanso de los conductores (jornadas máximas).

¿Por qué la norma lo establece así?

  1. Seguridad Vial: El objetivo principal del MTC es prevenir accidentes de tránsito causados por la fatiga y el cansancio acumulado del conductor.
  2. Límite diario: La norma establece un tope máximo de 10 horas de conducción efectiva dentro de un día calendario o periodo móvil de 24 horas.
  3. Obligación de descanso: Superar este límite incrementa exponencialmente el riesgo de microsueños al volante. Por ello, tras cumplir estas horas máximas de manejo, el conductor está obligado a tomar los periodos de descanso continuos establecidos por la ley antes de volver a operar un vehículo de servicio de transporte.

Cualquier otra opción (como 8 o 12 horas) contraviene los estándares de salud ocupacional y seguridad vial fiscalizados por la Sutran y el MTC para el transporte terrestre.