BALOTARIO A3C
PREGUNTA N°307 de 339
La hoja de ruta electrónica se debe elaborar:
Alternativas de respuesta
a)
Al culminar el servicio de transporte terrestre
b)
Durante el servicio de transporte terrestre, que incluye la relación de pasajeros
c)
antes del inicio del servicio de transporte terrestre
d)
Durante la venta del pasaje al usuario
Respuesta correcta:
c
antes del inicio del servicio de transporte terrestre
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor de normas y reglas de tránsito del MTC, te explico por qué la respuesta correcta es la c) antes del inicio del servicio de transporte terrestre.
Justificación técnica y legal:
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT) y las disposiciones vigentes del MTC sobre los servicios de transporte de personas, la hoja de ruta (en este caso, electrónica) es un documento formal y obligatorio de control y fiscalización.
Debe elaborarse y registrarse antes del inicio del servicio por los siguientes motivos:
- Fiscalización y Legalidad: Las autoridades de transporte (SUTRAN, Policía Nacional o inspectores municipales) pueden realizar operativos de control en cualquier punto de la vía. Si el vehículo inicia su marcha sin la hoja de ruta electrónica emitida previamente, se considera que está operando en la informalidad o sin la autorización del viaje, lo que genera graves sanciones para la empresa y el conductor.
- Seguridad y Trazabilidad: Este documento contiene información vital sobre la ruta, la tripulación y los datos del servicio. Contar con ella antes de arrancar garantiza que el viaje esté debidamente planificado y respaldado legalmente desde el origen.
Por lo tanto, cualquier opción que sugiera hacerlo durante o después del viaje infringe las normativas de control del MTC. ¡Mucho éxito en tu preparación para el examen!