Qué sanción le corresponde al conductor que presta el servicio sin contar con autorización otorgada por la autoridad competente o en una modalidad o ámbito diferente al autorizado?
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué la opción a) Multa de 1 UIT es la correcta.
Justificación técnica y legal:
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT) —aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC—, el transporte de pasajeros o mercancías sin contar con la autorización correspondiente (transporte informal o "pirata"), así como operar en una modalidad o ámbito no autorizado, está tipificado como una infracción muy grave.
El código de infracción específico (generalmente catalogado bajo el código F.1 en las tablas de incumplimientos a la formalidad) sanciona esta conducta con una multa pecuniaria ascendente a 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
¿Por qué la norma lo establece así? (Propósito pedagógico)
El MTC sanciona con 1 UIT esta falta debido al alto riesgo que representa para la seguridad vial y ciudadana. Prestar el servicio de transporte sin autorización significa que el vehículo no cuenta con inspecciones técnicas vehiculares exigidas para el servicio público, ni con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) para servicio de transporte, ni los conductores cumplen con los estándares profesionales requeridos. Es una medida drástica para combatir la informalidad y proteger la vida de los usuarios.
Por lo tanto, la respuesta correcta y reglamentaria es 1 UIT.