Si un presunto infractor paga voluntariamente dentro de los cinco días hábiles de levantada el acta de control, la multa que corresponda a la infracción imputada, ésta será reducida en:
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
Hola. Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico la razón de esta respuesta de forma directa y basada en el marco legal peruano.
La opción d) 50% de su monto es la correcta porque el Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. 016-2009-MTC) y las normativas de fiscalización del transporte establecen el régimen de incentivos para el pago oportuno de multas.
¿Por qué la norma lo establece así? El objetivo principal de esta disposición es de carácter pedagógico y disuasivo. El Estado busca promover la pronta regularización y el cumplimiento voluntario de los infractores mediante un beneficio económico significativo (pronto pago). Al incentivar el pago dentro de los primeros cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación de la infracción o levantamiento del acta de control, se agiliza la recaudación y se desincentivan los procesos administrativos de impugnación innecesarios, beneficiando tanto al administrado con un descuento del 50% como a la administración pública con la eficiencia en el proceso.
Por lo tanto, si un conductor reconoce la infracción y paga dentro de ese plazo de gracia de 5 días hábiles, accede automáticamente a este descuento del 50% sobre el valor total de la multa.