¿Cuántas ruedas de repuesto deben contar los vehículos de categoría M y N?
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico la razón de esta respuesta basándonos en la normativa vigente en el Perú.
La opción b) 1 es la correcta.
Justificación técnica según el Reglamento Nacional de Vehículos (RNV):
El Reglamento Nacional de Vehículos (Decreto Supremo N° 058-2003-MTC), en su Anexo III sobre "Condiciones y Requisitos Técnicos Vehiculares", establece de manera obligatoria que los vehículos destinados al transporte de pasajeros (Categoría M) y de mercancías (Categoría N) deben contar, como mínimo, con una (1) rueda de repuesto.
Esta exigencia tiene un fundamento estrictamente de seguridad vial y fluidez del tránsito. Los vehículos M y N son unidades que realizan recorridos constantes y, en muchos casos, transportan pasajeros o carga pesada. Sufrir un desperfecto en un neumático en plena vía pública sin contar con al menos un repuesto operativo generaría congestión vehicular, riesgo de accidentes por detención prolongada en zonas no autorizadas y vulnerabilidad para los ocupantes.
Por lo tanto, la norma exige contar obligatoriamente con una rueda de repuesto en óptimas condiciones y lista para ser usada ante cualquier emergencia en ruta.