BALOTARIO A3C PREGUNTA N°245 de 339

¿Los vehículos de las categorías M2 destinados al servicio de transporte terrestre, M3 y N deben contar con láminas retroreflectivas?

Alternativas de respuesta

a)
Solo los Vehículos M3.
b)
Si
c)
No es obligatorio
d)
Ninguna de las anteriores
Respuesta correcta: b Si

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la opción b) Sí es la correcta.

Justificación técnica y legal:

De acuerdo con el Reglamento Nacional de Vehículos (RNV) —aprobado por el Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modificatorias—, es una exigencia obligatoria que determinados vehículos de transporte y carga cuenten con láminas retroreflectivas para garantizar su visibilidad en las vías, especialmente durante la noche o en condiciones de baja visibilidad.

Específicamente, la norma exige el uso de estas láminas en:

  • Vehículos de la categoría M2 destinados al servicio de transporte terrestre (ómnibus y microbuses).
  • Vehículos de la categoría M3 (buses grandes de transporte de pasajeros).
  • Vehículos de la categoría N (camiones y remolcadores destinados al transporte de mercancías).

El objetivo de esta medida, fiscalizada estrictamente por la Sutran y la Policía Nacional del Perú, es reducir los accidentes por alcance, permitiendo que otros conductores detecten la presencia, dimensiones y posición de estos vehículos pesados y de transporte público a una distancia prudente.

Por lo tanto, la respuesta correcta es Sí.