BALOTARIO A3C PREGUNTA N°227 de 339

En caso de derrame, fuga o pérdida del material peligroso, el conductor debe:

Alternativas de respuesta

a)
Aplicar el artículo 58 del Reglamento
b)
Aplicar el plan de emergencia
c)
Aplicar las instrucciones del transportista
d)
Aplicar el plan de contingencia
Respuesta correcta: d Aplicar el plan de contingencia

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito y transporte terrestre del MTC, te explico de forma directa por qué la opción d) Aplicar el plan de contingencia es la correcta:

De acuerdo con el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos (aprobado por el D.S. 021-2008-MTC y sus modificatorias), todo vehículo que transporta materiales peligrosos debe contar obligatoriamente con un Plan de Contingencia.

Este plan es un procedimiento documentado y detallado que establece las acciones exactas que se deben ejecutar de manera inmediata ante situaciones imprevistas, como un derrame, fuga o pérdida de la carga durante el trayecto.

¿Por qué las otras opciones no son las principales o correctas?

  • b) El "plan de emergencia" es un término genérico, mientras que la normativa específica de transporte exige el término técnico "Plan de Contingencia".
  • c) Las instrucciones del transportista (la empresa) ya deben estar contenidas y homologadas dentro del propio Plan de Contingencia.
  • a) No existe un "artículo 58" genérico en el reglamento que resuelva por sí solo una emergencia en ruta sin la aplicación del protocolo operativo.

Por lo tanto, ante una emergencia ambiental o de seguridad vial por materiales peligrosos, la respuesta que exige la norma y el protocolo del MTC es la activación inmediata del Plan de Contingencia.