BALOTARIO A3B PREGUNTA N°268 de 271

En el servicio de transporte de personas de ámbito provincial, el ascenso y descenso de los usuarios se podrá realizar en:

Alternativas de respuesta

a)
Los lugares autorizados o paraderos de ruta.
b)
En los paraderos urbanos e interurbanos
c)
En cualquier punto de la vía, siempre que se tome la debida precaución
d)
Todas las anteriores.
Respuesta correcta: b En los paraderos urbanos e interurbanos

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor de normas y reglas de tránsito del MTC, te explico por qué la respuesta correcta es la b) En los paraderos urbanos e interurbanos.

Justificación técnica y legal:

De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transportes (RNAT) y las normas que regulan el transporte público de personas en el Perú, la operación del servicio de transporte provincial debe realizarse bajo estrictos estándares de seguridad y ordenamiento vial.

El ascenso y descenso de pasajeros no puede ni debe realizarse en cualquier lugar, ya que esto genera congestión vehicular, caos y, sobre todo, un alto riesgo de accidentes de tránsito (atropellos o choques por detenerse intempestivamente).

Por ello, la norma establece que estas operaciones de embarque y desembarque solo están permitidas en infraestructura complementaria de transporte debidamente autorizada, es decir, en los paraderos urbanos e interurbanos establecidos en la ruta autorizada por la autoridad competente.

Descartamos las otras opciones porque:

  • La (a) menciona "lugares autorizados o paraderos de ruta", pero el marco específico para este tipo de servicio define formalmente a los paraderos urbanos e interurbanos.
  • La (c) es totalmente falsa e infractoria, ya que detenerse "en cualquier punto de la vía" está prohibido y sancionado.
  • La (d) queda descartada automáticamente.

Respetar los paraderos autorizados garantiza un flujo vehicular seguro y ordenado para todos los ciudadanos. ¡Muchos éxitos en tu preparación!