La duración acumulada de jornadas de conducción no deberá exceder:
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa y clara por qué la opción d es la correcta.
Respuesta Correcta:
d) De diez (10) horas en un periodo de veinticuatro (24) horas, contadas desde el inicio de la conducción en un servicio.
Justificación técnica y legal (Reglamento Nacional de Tránsito y Normativa MTC):
Esta disposición se encuentra regulada en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes (RNAT) y en las normas de seguridad vial del MTC aplicables al servicio de transporte terrestre.
El motivo fundamental de esta regla es la prevención de la fatiga y el cansancio al conducir, que son de las principales causas de accidentes viales en carreteras.
- El límite de tiempo: La norma establece un máximo de diez (10) horas de conducción efectiva acumulada dentro de un día calendario o periodo móvil de veinticuatro (24) horas. Esto garantiza que el conductor tenga las horas suficientes para el reposo y la recuperación física.
- El periodo de referencia: Las veinticuatro (24) horas se empiezan a contar estrictamente desde el momento en que el conductor inicia sus labores de conducción en el servicio, y no necesariamente a la medianoche.
Cualquier exceso sobre este límite representa una infracción grave a las normas de tránsito y transporte, sancionada tanto al conductor como a la empresa, debido al alto riesgo que implica un chofer fatigado al volante.