BALOTARIO A3B PREGUNTA N°258 de 271

Es exigible el manifiesto de usuarios para el servicio de:

Alternativas de respuesta

a)
Transporte regular de personas de ámbito nacional y regional.
b)
Transporte regular de personas de ámbito nacional, regional y provincial
c)
Transporte especial de personas de ámbito provincial
d)
Todas las anteriores.
Respuesta correcta: a Transporte regular de personas de ámbito nacional y regional.

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito y transporte del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué la opción a es la correcta.

Respuesta Correcta:

a) Transporte regular de personas de ámbito nacional y regional.

Justificación técnica según la normativa del MTC (Perú):

De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT) —aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC—, el Manifiesto de Usuarios es un documento obligatorio y formal que deben llevar los vehículos que realizan servicios de transporte de personas para registrar la identidad de los pasajeros que transportan, principalmente por razones de seguridad, control y fiscalización en las vías.

  • ¿Por qué aplica al ámbito nacional y regional? (Opción A - Correcta): El transporte regular de personas en las rutas nacionales (interprovinciales que cruzan varias regiones) y regionales (dentro de una misma región pero conectando provincias) está bajo la competencia directa del MTC o de los Gobiernos Regionales. Debido a las largas distancias y la naturaleza de estos servicios, la norma exige estrictamente el uso del manifiesto de pasajeros antes de iniciar el viaje.
  • ¿Por qué se descarta el ámbito provincial? (Opción C y parte de la B): El transporte regular de personas de ámbito provincial (urbano e interurbano dentro de una misma provincia) es regulado por las municipalidades provinciales. En este servicio diario y masivo (combis, micros, buses urbanos), la normativa no exige el uso de manifiesto de usuarios, ya que el flujo de pasajeros es constante, de subida y bajada continua, haciendo inviable dicho registro.

Por lo tanto, al no ser exigible en el ámbito provincial, se descartan automáticamente las opciones b y d. La única obligación general y formal para este documento recae en los servicios de ámbito nacional y regional.