¿Cuál es una medida preventiva que puede aplicar la autoridad competente, según en el Reglamento Nacional de Vehículos?
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué la respuesta correcta es la c) Internamiento del vehículo.
Análisis de la respuesta correcta:
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Vehículos (RNV) y el Reglamento Nacional de Tránsito del Perú, las medidas preventivas son acciones que la autoridad competente (como la Policía Nacional del Perú o Sutran) aplica de forma provisional para evitar que un vehículo continúe circulando cuando infringe las normas y representa un peligro para la seguridad vial o no cumple con las condiciones técnicas exigidas.
El internamiento del vehículo en el depósito es una medida preventiva claramente tipificada en la normativa peruana. Se aplica, por ejemplo, cuando un vehículo circula sin revisión técnica vigente, sin SOAT, o realizando transporte ilegal de pasajeros, entre otros supuestos graves.
¿Por qué las otras opciones no son correctas en este contexto?
- a) Retención de la licencia de conducir: Aunque es una medida preventiva, no está regulada principalmente por el Reglamento Nacional de Vehículos, sino por el Reglamento Nacional de Tránsito (relacionada con la conducta del conductor).
- b) Retención de mercancía: No corresponde a una medida preventiva de tránsito vehicular aplicable al vehículo o conductor bajo el ámbito del Reglamento Nacional de Vehículos.
- d) a y c son correctas: Se descarta porque la opción "a" pertenece al ámbito del Reglamento Nacional de Tránsito (conductores) y no estrictamente al Reglamento Nacional de Vehículos.
En conclusión: Para efectos del Reglamento Nacional de Vehículos, el internamiento del vehículo es la medida preventiva directa sobre la unidad vehicular contemplada en la norma. ¡Mucho éxito en tu preparación!