BALOTARIO A3A PREGUNTA N°272 de 272

El vehículo que presta el servicio de transporte de ámbito nacional o regional debe contar con el siguiente Seguro:

Alternativas de respuesta

a)
Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT.
b)
Certificado Contra Accidentes de Tránsito - CAT.
c)
Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT o Certificado Contra Accidentes de Tránsito - CAT.
d)
Alternativas a) y b)
Respuesta correcta: a Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT.

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa y clara por qué la opción a) Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT es la única correcta.

Justificación normativa:

Ámbito Nacional y Regional (Servicio de Transporte Público): De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT) —D.S. 017-2009-MTC— y las disposiciones de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, los vehículos destinados al servicio de transporte público de personas de ámbito nacional, regional y provincial (según corresponda a la modalidad) están obligados a contar permanentemente con una póliza vigente de SOAT (Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito).

¿Por qué no es válido el CAT?: El Certificado Contra Accidentes de Tránsito (CAT) es un documento emitido exclusivamente por las AFOCAT (Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito). La normativa peruana establece de manera estricta que los CAT solo tienen validez para el servicio de transporte público urbano y periférico dentro de su respectiva región o provincia autorizada. Está terminantemente prohibido el uso de CAT para vehículos que realizan servicios de transporte de ámbito nacional o regional. Para estos niveles, la única póliza legalmente aceptada es el SOAT emitido por una Compañía de Seguros supervisada por la SBS.

Por lo tanto, al tratarse de un vehículo de ámbito nacional o regional, la única respuesta legal y reglamentaria es el SOAT.