¿A partir de qué edad los menores de edad deben ocupar su propio asiento?
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte el fundamento de esta regla de seguridad vial en el Perú.
La opción a) A partir de los cinco (5) años de edad es la correcta.
¿Por qué lo establece así el reglamento peruano?
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. 016-2009-MTC y sus modificatorias), los vehículos están diseñados y equipados con cinturones de seguridad dimensionados para proteger a personas que han superado cierta etapa de desarrollo físico.
Específicamente, la norma estipula que los menores de cinco (5) años deben viajar obligatoriamente en los asientos posteriores utilizando un sistema de retención infantil (asiento de seguridad o silla para auto) adecuado a su peso y talla. A partir de los cinco (5) años cumplidos, el menor ya cuenta con el desarrollo físico mínimo necesario para ocupar su propio asiento y utilizar directamente el cinturón de seguridad del vehículo (o un asiento elevador o booster según su estatura, hasta que alcancen la altura adecuada para el cinturón de adulto).
Permitir que un niño menor de 5 años viaje en la falda de un adulto o sin su propio asiento y sistema de retención es una infracción grave, pero sobre todo, representa un riesgo mortal en caso de una frenada brusca o colisión, debido a la inercia.
¡La seguridad vial de los más pequeños es una responsabilidad intransferible!