BALOTARIO A3A PREGUNTA N°253 de 272

Los terminales terrestres son obligatorios para el servicio público de transporte regular de personas en el ámbito:

Alternativas de respuesta

a)
Nacional y Regional.
b)
Regional y Provincial.
c)
Nacional, Regional y Provincial.
d)
Distrital, Provincial, Regional, Nacional e Internacional.
Respuesta correcta: c Nacional, Regional y Provincial.

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito y transporte del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué la opción c) Nacional, Regional y Provincial es la correcta.

Justificación técnica y legal (Reglamento Nacional de Administración de Transporte - RNAT):

De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (Decreto Supremo N° 017-2009-MTC), el uso de infraestructura complementaria de transporte —específicamente los terminales terrestres— es una exigencia obligatoria para las empresas que prestan el servicio público de transporte regular de personas.

La norma establece esta obligatoriedad para ordenar el tránsito, garantizar la seguridad de los usuarios y evitar el caos vehicular en las vías públicas. Específicamente, esta exigencia aplica a los servicios que operan en los ámbitos:

  1. Nacional: Transporte interprovincial de personas entre diferentes regiones del país.
  2. Regional: Transporte entre provincias dentro de una misma región.
  3. Provincial: Transporte regular de personas dentro de una misma provincia (rutas urbanas e interdistritales).

En todos estos niveles, las empresas están obligadas a embarcar y desembarcar a sus pasajeros en terminales terrestres autorizados (propios o terceros), quedando prohibido el uso de la vía pública como terminal, salvo autorización expresa de la autoridad competente.

Por lo tanto, la cobertura abarca los ámbitos Nacional, Regional y Provincial.