BALOTARIO A3A
PREGUNTA N°251 de 272
Es la persona natural o jurídica por cuyo encargo se transporte mercancías en un vehículo habilitado para la prestación del servicio de transporte público de mercancías:
Alternativas de respuesta
a)
Transportista
b)
Destinatario de carga
c)
Generador de carga
d)
Ninguna de las anteriores
Respuesta correcta:
c
Generador de carga
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico por qué la opción c) Generador de carga es la correcta.
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transportes (RNAT) - Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, que regula el servicio de transporte público de mercancías en el Perú, las definiciones legales son precisas para determinar las responsabilidades en la cadena logística.
Aquí te detallo el motivo según la norma:
- Definición de Generador de Carga: El reglamento define al Generador de Carga exactamente como la persona natural o jurídica que, por cuenta propia o por encargo de un tercero, contrata o realiza el transporte de mercancías utilizando un vehículo habilitado. Es decir, es quien "genera" la necesidad del traslado de la mercancía.
- Diferencia con las otras opciones:
- El Transportista: Es la persona jurídica autorizada que realiza el servicio de transporte, no quien encarga la mercancía.
- El Destinatario: Es la persona a quien va dirigida y se le entregará la mercancía en el punto de llegada, no necesariamente quien contrató u ordenó el transporte inicialmente.
Por lo tanto, la normativa peruana identifica al Generador de Carga como el comitente que encomienda dicho servicio, haciendo que la opción c sea la única jurídicamente exacta.