BALOTARIO A3A PREGUNTA N°223 de 272

¿Cuál es la potencia mínima de la luz baja?

Alternativas de respuesta

a)
20W
b)
10W
c)
25w
d)
55w
Respuesta correcta: c 25w

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué esta respuesta es la correcta según la normativa peruana.

La opción correcta es la c) 25w.

Justificación técnica y legal:

De acuerdo con el Reglamento Nacional de Vehículos (D.S. 058-2003-MTC) y los manuales de inspección técnica vehicular que regulan las características del sistema de iluminación, los faros delanteros de luz baja (también conocidos como luz de encuentro) en los vehículos automotores deben cumplir con especificaciones técnicas mínimas de intensidad y potencia para garantizar una visibilidad adecuada sin deslumbrar a los conductores que circulan en sentido contrario.

Específicamente, para motocicletas y ciertos vehículos menores o configuraciones estándar, la norma técnica establece que la potencia mínima para la luz baja debe ser de 25 watts (W), asegurando que el haz de luz proyecte la luminosidad necesaria sobre la vía en condiciones de oscuridad o visibilidad reducida.

Por lo tanto, cualquier valor por debajo de este límite no cumple con los estándares mínimos de seguridad vial exigidos por el MTC.