El Reglamento Nacional de Administración de Transporte no comprende el servicio de :
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de manera directa por qué la respuesta correcta es la b) Servicio de Transporte en vehículos menores.
Justificación técnica y legal:
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Administración de Transportes (RNAT), aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2009-MTC (y sus modificatorias), el ámbito de aplicación de esta norma regula el servicio de transporte público y privado de personas y mercancías en el ámbito nacional, regional y provincial, excluyendo expresamente a los vehículos menores (mototaxis y motocarros).
¿Por qué los vehículos menores no están comprendidos aquí? Porque el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados o no motorizados (mototaxis) tiene su propia regulación. Este servicio se rige de manera exclusiva por las ordenanzas municipales distritales y provinciales correspondientes, en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N° 27972) y normas complementarias específicas emitidas por cada comuna, y no por el reglamento nacional de alcance general (RNAT).
¿Qué pasa con las otras opciones (a, c y d)? El transporte de trabajadores, el auto colectivo (autorizado en determinadas rutas y condiciones) y el transporte turístico son modalidades de transporte terrestre de personas que sí están comprendidas y reguladas directamente bajo los lineamientos del RNAT y las normas del MTC.
Por lo tanto, la opción b es la correcta porque escapa del ámbito de aplicación del RNAT al pertenecer a la competencia de los gobiernos locales (municipalidades).