Es la persona natural o jurídica por cuyo encargo se transporte mercancías en un vehículo habilitado para la prestación del servicio de transporte público de mercancías:
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito y transporte del MTC, voy a explicarte de forma directa por qué la respuesta correcta es la c) Generador de carga.
Justificación técnica y legal (Reglamento Nacional de Administración de Transporte - RNAT):
Según el Reglamento Nacional de Administración de Transporte (D.S. 017-2009-MTC), en su sección de definiciones, se establecen claramente los roles dentro de la cadena logística del servicio de transporte público de mercancías.
¿Por qué es el "Generador de carga"? La norma define al Generador de Carga exactamente como la persona natural o jurídica que, por su propio encargo o por cuenta propia, requiere y contrata el servicio de transporte de mercancías. Es quien origina la necesidad del traslado y entrega los bienes al transportista.
¿Por qué las otras opciones no son?
- a) Transportista: Es la persona jurídica autorizada por el MTC que realiza el servicio de traslado, no quien encarga o contrata la carga.
- b) Destinatario de carga: Es la persona a quien va dirigida y se le entregará la mercancía en el punto de destino, no necesariamente quien contrató el servicio.
Por lo tanto, la definición reglamentaria del MTC señala de manera inequívoca que la persona por cuyo encargo se realiza el transporte es el generador de carga.