Si un conductor atenta contra la integridad física del inspector durante la realización de sus funciones, será sancionado con:
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, voy a explicarte de forma directa y clara por qué la opción c es la correcta según la normativa peruana.
Análisis y Justificación:
La respuesta correcta es la c) Cancelación de la licencia de conducir e inhabilitación definitiva para obtener nueva licencia. Multa de 0.5 UIT.
¿Por qué lo establece así el reglamento?
Esta sanción se encuentra tipificada en el Reglamento Nacional de Tránsito (D.S. 016-2009-MTC) y en la tabla de infracciones y sanciones vinculadas a la fiscalización del transporte.
- Protección a la autoridad: El MTC y el Estado peruano tipifican como una falta gravísima cualquier agresión física o atentado contra la integridad de los inspectores de transporte (o efectivos de la Policía Nacional del Tránsito) durante el ejercicio de sus funciones.
- Severidad de la sanción (Tolerancia Cero): Al tratarse de una conducta que vulnera el principio de autoridad y la seguridad de quienes fiscalizan el cumplimiento de las normas, la sanción no es una simple suspensión temporal, sino la cancelación de la licencia y la inhabilitación definitiva (es decir, el infractor nunca más podrá obtener una licencia de conducir).
- Sanción pecuniaria: Adicionalmente a la sanción administrativa sobre el brevete, se impone una multa equivalente al 0.5 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
En conclusión, agredir a un inspector en agravio de su integridad física es una de las infracciones más graves del sistema de transporte, castigada con el retiro perpetuo del infractor de las vías como conductor (inhabilitación definitiva) y una multa severa.