¿Cuál es la exigencia de la tercera luz de freno?
Alternativas de respuesta
Explicación de la Respuesta
Hola. Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, paso a explicarte por qué la respuesta correcta es la a) opcional.
De acuerdo con el Reglamento Nacional de Vehículos (Decreto Supremo N° 058-2003-MTC) y sus modificatorias, específicamente en lo referente a los dispositivos e iluminación vehicular (Anexo I: Límites de pesos y dimensiones, y características técnicas de los vehículos), la tercera luz de freno (también conocida como luz central elevada de freno o CHMSL) no es un requisito obligatorio para todos los vehículos en nuestra normativa nacional, a diferencia de las dos luces de freno principales laterales.
Por lo tanto, al no estar tipificada como una exigencia estricta y general para la totalidad del parque automotor en el reglamento peruano, su instalación se considera opcional (salvo para ciertos modelos específicos que la incorporen de fábrica según su año de fabricación y homologación internacional, pero como regla general de exigencia de la norma, mantiene este carácter).
Espero que esta aclaración te sirva para reforzar tus conocimientos sobre el reglamento. ¡Mucho éxito en tu preparación!