BALOTARIO A2B PREGUNTA N°219 de 270

¿Es obligatorio el Sistema de Freno Auxiliar para los vehículos de categoría M2 y M3?

Alternativas de respuesta

a)
Si
b)
No, es opcional para ambos.
c)
Para los vehículos de categoría M2 es opcional y para los de categoría M3 es obligatorio.
d)
No se aplica para esas categorías.
Respuesta correcta: c Para los vehículos de categoría M2 es opcional y para los de categoría M3 es obligatorio.

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la opción c) es la correcta.

Justificación técnica y legal (Perú):

La exigencia de los sistemas de seguridad y frenado en el Perú está regulada por el Reglamento Nacional de Vehículos (RNV) — Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modificatorias.

Específicamente, en lo referente a los dispositivos de frenado para vehículos destinados al transporte de pasajeros, la normativa establece una diferencia clara basada en el peso, la capacidad y el riesgo asociado al tamaño del vehículo:

  1. Vehículos de categoría M2: (Vehículos diseñados para el transporte de pasajeros con más de 8 asientos, además del conductor, y un peso máximo que no excede las 5 toneladas). Para esta categoría, el Sistema de Freno Auxiliar (también conocido como retardador) es opcional.
  2. Vehículos de categoría M3: (Vehículos diseñados para el transporte de pasajeros con más de 8 asientos, además del conductor, y un peso máximo que excede las 5 toneladas, como los buses interprovinciales o urbanos grandes). Debido a su gran masa y a las exigencias severas de desaceleración en pendientes prolongadas para evitar la fatiga o sobrecalentamiento del sistema de frenos principal, el Sistema de Freno Auxiliar es obligatorio.

Por lo tanto, la norma establece esta obligatoriedad de manera diferenciada para proteger la vida y la seguridad en las vías, recayendo la exigencia estricta sobre los vehículos de mayor envergadura (M3).