BALOTARIO A2B PREGUNTA N°203 de 270

¿Los vehículos de las categorías M2 destinados al servicio de transporte terrestre, M3 y N deben contar con láminas retroreflectivas?

Alternativas de respuesta

a)
Solo los Vehículos M3.
b)
Si
c)
No es obligatorio.
d)
Ninguna de las anteriores.
Respuesta correcta: b Si

Explicación de la Respuesta

¡Hola! Como instructor experto en normas de tránsito del MTC, te explico de forma directa por qué la respuesta correcta es la b) Sí.

Justificación técnica y legal:

De acuerdo con el Reglamento Nacional de Vehículos (RNV), aprobado por el Decreto Supremo N° 058-2003-MTC (y sus modificatorias), es una exigencia obligatoria para los vehículos de gran tamaño y peso contar con láminas retroreflectivas.

La norma establece esta obligación específicamente para:

  • Categoría M2: Vehículos diseñados para el transporte de pasajeros con más de 8 asientos (además del asiento del conductor) y peso bruto vehicular mayor a 5 toneladas, destinados al servicio de transporte terrestre.
  • Categoría M3: Vehículos destinados al transporte de pasajeros con más de 8 asientos y peso bruto vehicular mayor a 5 toneladas (ómnibus y buses).
  • Categoría N: Vehículos automotores destinados al transporte de mercancías (camiones y remolques).

¿Por qué lo establece así el MTC?

El objetivo principal de esta medida es aumentar la visibilidad de estos vehículos pesados y de transporte público durante la noche, en condiciones de baja visibilidad (niebla, lluvia) o en carreteras sin iluminación adecuada. Las láminas retroreflectivas permiten que los demás conductores identifiquen las dimensiones exactas del vehículo a una distancia prudente, previniendo así accidentes por alcance o colisiones laterales.

Por lo tanto, la afirmación de que sí deben contar con ellas es totalmente correcta y obligatoria por ley.