BALOTARIO A2B PREGUNTA N°176 de 270

Si a un conductor infractor le suspendieron su licencia de conducir, éste se encuentra facultado para:

Alternativas de respuesta

a)
Tramitar el duplicado de su licencia de conducir.
b)
Tramitar la revalidación de su licencia de conducir.
c)
Tramitar la recategorización de su licencia de conducir.
d)
Ninguna de las alternativas es correcta.
Respuesta correcta: d Ninguna de las alternativas es correcta.

Explicación de la Respuesta

La respuesta correcta es d) Ninguna de las alternativas es correcta.

Un conductor que tiene la licencia de conducir suspendida por una sanción de tránsito o medida cautelar está inhabilitado temporalmente de realizar cualquier trámite administrativo relacionado con el Registro Nacional de Sanciones del MTC mientras dure la sanción.

Análisis de las alternativas:

Opción (d) — Correcta: Durante el periodo de suspensión de la licencia de conducir, el titular no está facultado para realizar ningún tipo de trámite (duplicado, revalidación o recategorización). Intentar tramitar u obtener una licencia durante este periodo constituye una infracción Muy Grave (Código M.04), sancionada con la cancelación definitiva e inhabilitación del conductor.

Opción (a) — Incorrecta: No se puede tramitar un duplicado estando suspendido, ya que el sistema del MTC bloquea la emisión de documentos a conductores sancionados.

Opción (b) — Incorrecta: La revalidación requiere no estar privado del derecho a conducir por resolución sancionatoria.

Opción (c) — Incorrecta: La recategorización a una clase/categoría superior exige tener la licencia previa en estado vigente y libre de suspensiones o inhabilitaciones.

Por lo tanto, la respuesta correcta es la alternativa d.